Condiciones generales de contratación


1. ALCANCE DE LAS CONDICIONES GENERALES.-

Las presentes Condiciones Generales constituyen el marco básico de regulación de las relaciones establecidas entre Martínez Servicios Jurídicos, MSJ, S.R.L (en adelante, “MSJ”) y sus clientes, y conjuntamente con las condiciones particulares que se acuerden en cada caso forman el cuerpo único que rige cada una de las relaciones establecidas entre MSJ y cada cliente, debiendo aplicarse e interpretarse éstas y aquellas (condiciones particulares y condiciones generales) conjunta y sistemáticamente.

2. RELACIÓN PROFESIONAL.-

2.1. La prestación de los servicios contratados corresponde a MSJ, a quien se considera parte en el presente acuerdo, sin que tengan esta condición los profesionales que intervengan en la realización de los trabajos acordados, incluso cuando el cliente establezca la relación con MSJ en atención a la intervención de uno o algunos profesionales concretos.

3. ALCANCE GENERAL DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES.-

3.1. MSJ presta exclusivamente servicios jurídicos profesionales propios de la abogacía, por medio de sus socios y de los profesionales contratados por MSJ.

3.2. Los servicios se prestarán en beneficio exclusivo del cliente.

3.3. MSJ sólo asesora en derecho de la República Dominicana salvo la materia de Arbitraje Internacional. Cualquier mención a ordenamientos extranjeros no puede considerarse una opinión legal proporcionada por MSJ. Sin perjuicio de ello, se pone a disposición de los clientes la posibilidad de acceder a la opinión y los servicios de profesionales y despachos que operan en otras jurisdicciones, conocidos por MSJ o con los que tiene acuerdos de colaboración.

Salvo acuerdo expreso en contrario, la prestación de servicios por despachos de otras jurisdicciones y, en general, por otros despachos en favor del cliente se sujetarán a las condiciones establecidas por aquellos, siendo las obligaciones económicas y de otro tipo que se deriven de las mismas de cuenta exclusiva del cliente, sin que de ningún modo puedan considerarse comprendidas en las condiciones pactadas con MSJ.

3.4. El cliente podrá apartarse del presente acuerdo en cualquier momento, avisando por escrito o correo electrónico con antelación de tres meses a la fecha en que deba surtir efectos el final de la relación en el supuesto de servicios de prestación continuada.

Tratándose de servicios de prestación no continuada la terminación anticipada del acuerdo por voluntad del cliente determinará la realización de una liquidación de honorarios en la que se tenga en cuenta el trabajo realizado y los compromisos en que haya tenido que incurrir MSJ para atender el servicio contratado, que vayan a dar lugar a gastos futuros. De esta liquidación se restará las cantidades facturadas hasta la fecha del término de la relación. También se liquidarán los gastos incurridos por cuenta del cliente que estuviesen pendientes de repercutir al mismo.

4. HONORARIOS Y GASTOS.-

4.1. La contraprestación económica por los servicios profesionales contratados se facturará como honorarios, resarciéndose MSJ a través de la misma, de todos los costes directos e indirectos generales en que incurra para la prestación de los servicios, e incluyendo en dicha contraprestación el margen que corresponda.

4.2. Los gastos suplidos incurridos para la ejecución de los encargos de los clientes serán cargados a éstos, quedando los mismos obligados a resarcir a MSJ por este concepto.

Dentro de esta categoría de gastos suplidos, MSJ aportará justificación de los que consistan en impuestos, tasas, honorarios de otros profesionales, gastos de notaría o registro, traducciones, peritajes, gastos de emisión de certificaciones, desplazamientos de largo recorrido, estancia en hoteles y otros establecimientos, mensajeros de larga distancia o con recargos de urgencia, servicio de teleconferencias, manutención vinculada a trabajos nocturnos o reuniones y cualquier otro que, individualmente considerado, importe más de 100 dólares o su equivalente en pesos dominicanos.

Adicionalmente se incluirá, sin justificación documental, un 3% del importe de los honorarios que resulten por la intervención profesional, por el conjunto de gastos incurridos en favor del cliente, normalmente vinculados a desplazamientos, comunicaciones, gastos administrativos y otros.

4.3. Los honorarios por los servicios profesionales contratados se calcularán generalmente en atención al tiempo empleado por cada uno de los profesionales intervinientes en la prestación de los servicios y a la tarifa establecida por MSJ, que varía según la categoría en la que se encuadre cada profesional.

MSJ cuida especialmente la cualificación de sus profesionales y la asignación de las tareas a los profesionales, atendiendo a criterios de especialización y eficacia, tratando de optimizar el tiempo dedicado a la resolución de los asuntos.

MSJ, en base a su experiencia, podrá facilitar al cliente un presupuesto orientativo, considerando el equipo que esté previsto que intervenga en la realización de los trabajos y el tiempo que estime que cada uno de los profesionales intervinientes haya de dedicar a los mismos.

Si durante la ejecución del trabajo se apreciase que se fuesen a producir desviaciones significativas (un 20% aproximadamente) entre el presupuesto orientativo y la realidad lo comunicará al cliente a efectos de establecer un nuevo presupuesto que se acomode a la realidad.

MSJ lleva un registro detallado de las tareas realizadas por los profesionales, cuantificando el valor de las mismas según tarifas, estando a disposición de los clientes esta información con relación a los trabajos encargados por ellos.

Podrán utilizarse criterios diferentes a los estrictamente horarios cuando así se acuerde, pactándose presupuestos cerrados, presupuestos establecidos total o parcialmente a éxito, contemplando primas adicionales vinculadas a la consecución de objetivos determinados, presupuestos con tarifas bonificadas, incrementadas o planas. En cualquier caso, en las condiciones particulares de las propuestas se detallará la modalidad que corresponda en cada supuesto.

Cuando se trate de servicios de prestación continuada, cuya contraprestación se establezca en una cantidad de importe fijo, devengo lineal y facturación periódica (igualas), dicho importe se mantendrá inalterable por un período de un año, salvo que la duración del servicio fuese menor.

No obstante, si transcurridos seis meses se apreciase que el importe establecido difiriese significativamente del resultado de tomar las horas trabajadas por los profesionales que hubieran intervenido en la realización de las tareas según sus tarifas, se comunicará esta circunstancia al cliente proponiéndole un ajuste al alza o a la baja en el importe de la iguala periódica, salvo que, de las circunstancias presentes, fuese razonable prever que la diferencia producida se fuese a ajustar en los siguientes seis meses.

4.4. Los acuerdos que se refieran a servicios de prestación continuada se renovarán automáticamente a su vencimiento sin necesidad de comunicación de esta circunstancia entre las partes.

4.5. Al inicio del año natural se actualizará el importe de las contraprestaciones por estos servicios continuados en la variación que hubiera experimentado el índice general de precios al consumo en el año natural anterior. Esta actualización no se realizará con relación a los contratos que se hubiesen suscrito después de 30 de junio del año anterior.

4.6. En las condiciones particulares de las propuestas se establecerá la modalidad de determinación de los honorarios acordada y el plazo estimado de ejecución del servicio, salvo que el mismo tuviese carácter continuado.

5. PROVISIÓN DE FONDOS.-

5.1. MSJ podrá pedir una provisión de fondos antes de comenzar la prestación del servicio. Esta provisión de fondos se aplicará al pago de honorarios.

La provisión de fondos se calculará en un porcentaje de la cuantía de los honorarios estimados o acordados en la propuesta. El porcentaje será el que se establezca en las condiciones particulares de la propuesta.

6. FACTURACIÓN Y FORMAS DE PAGO.-

6.1. Salvo acuerdo de las partes en otro sentido, las facturas que emita MSJ serán pagaderas a la vista, en la moneda y en las demás condiciones contenidas en las mismas, reservándose MSJ el derecho a exigir intereses moratorios en el supuesto de retraso en el pago de las facturas respecto de su fecha de vencimiento.

6.2. Cualquier objeción por parte del cliente en relación con una factura deberá remitirse al socio de MSJ responsable del asunto lo antes posible, debiendo procederse, en tal caso, al pago de la parte no objetada de la factura.

6.3. En caso de pagos anticipados o a cuenta realizados por el cliente de conformidad con la Propuesta, si, por cualquier circunstancia, a la terminación de los servicios existiese un excedente a favor del cliente, MSJ procederá a la inmediata devolución del mismo, conforme a las instrucciones del cliente al efecto.

6.4. Ante la falta de pago de una factura, MSJ podrá, previo aviso por escrito y con arreglo a la normativa profesional o deontológica, suspender toda prestación de servicios al cliente, sin que por parte de éste pueda plantearse ninguna reclamación o queja por dicha suspensión o por los daños que de la misma pudieran derivarse. En tanto se mantenga la situación de impago e igualmente con sujeción a lo dispuesto por la normativa profesional o deontológica correspondiente, MSJ podrá ejercer un derecho de retención sobre cualesquiera documentos del cliente elaborados por MSJ o con su participación, que en ese momento se encuentren en su poder.

6.5. Si el cliente solicita la prestación de servicios para compañías bajo su control o para cualesquiera otros terceros, o en otros supuestos en los que los costes legales sean asumidos por terceros, MSJ facturará directamente a la entidad indicada, si bien el cliente responderá del pago de cualquier cantidad que no se satisfaga a su vencimiento.
6.6. Las provisiones de fondos que, en su caso, se exigiesen se facturarán a la aceptación de las propuestas por los clientes.

6.7. Los honorarios se facturarán a partir del momento en el que se inicie la prestación del servicio contratada.

6.8. Excepcionalmente se podrán establecer plazos de facturación periódica. No obstante, en los procedimientos de toda naturaleza, se podrá sustituir la facturación periódica por otro tipo de modalidad, conforme a lo que se establezca en las condiciones particulares. La facturación periódica no se aplicará respecto de aquellos honorarios en los cuales la modalidad pactada implique un devengo diferente al periódico, por ejemplo, los casos en los cuales se haya fijado una cláusula de éxito.

6.9. Sobre las cantidades facturadas se añadirá el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), en los términos que resulte obligatorio con arreglo a la Ley.

6.10. Las facturas por provisiones de fondos deberán hacerse efectivas a su recepción. MSJ se reserva el derecho a no iniciar la prestación del servicio en tanto en cuanto no hayan sido abonadas las indicadas facturas.

6.11. Los demás pagos de las facturas emitidas por MSJ deberán hacerse efectivos dentro de los 30 días siguientes a su emisión.

6.12. Los importes facturados por MSJ que no fuesen satisfechos dentro del plazo máximo establecido en el párrafo anterior, devengarán intereses desde el día siguiente a esta fecha. Si fuera preciso realizar un requerimiento de pago posterior a la factura por impago de ésta, deberán abonarse también los costes de cobro, que en ningún caso serán inferiores al 15% del importe de la factura.

7. RESPONSABILIDAD.-

7.1. La responsabilidad de MSJ y de los Socios, Abogados y empleados que hayan intervenido en un asunto se limita a un máximo del importe de los honorarios profesionales abonados por el mismo cliente por razón de dicho asunto durante los doce meses inmediatamente anteriores a la reclamación, salvo que quedase acreditada la concurrencia de dolo. En cualquier caso, el cliente acepta circunscribir la exigencia de responsabilidad exclusivamente a los supuestos de dolo y negligencia profesional grave.

7.2. El cliente renuncia a exigir responsabilidad directa a los Socios, Abogados y empleados de MSJ y limitará su reclamación a MSJ.

7.3. MSJ no asume ninguna obligación en relación con la verificación de la suficiencia y autenticidad de la información que se le proporcione por el cliente.

7.4. Cualquier reclamación de responsabilidad a MSJ o a sus socios, abogados y empleados, cualquiera que sea su naturaleza, deberá presentarse en el plazo de 6 meses desde que se hubiera producido el hecho que motive la reclamación, entendiéndose que el cliente renuncia a la acción de responsabilidad en caso de no hacerlo.

7.5. No podrá reclamarse a MSJ ni a sus Socios, Abogados y empleados responsabilidad alguna por actos u omisiones de terceros aunque fuesen colaboradores externos de MSJ (otros despachos u otros profesionales independientes, entre otros) o hubiesen intervenido a su petición de MSJ, pero con conocimiento del cliente, sin perjuicio de las acciones directas que pudiera éste ejercitar contra los mismos.

8. PROTECCIÓN DE DATOS.-

8.1. Los datos personales de los firmantes de las propuestas emitidas por MSJ, bien se trate de los clientes o de quiénes actúen en su representación en su condición de afectados, quedarán incluidos en un fichero del que es responsable MSJ.

Dichos datos serán tratados con la finalidad de desarrollar la relación de contacto entablada y permitir la remisión de la propuesta, así como, en su caso, la ejecución del contrato de prestación de servicios jurídicos.

La propia propuesta sirve a efectos informativos de las circunstancias expresadas y su firma constituye la aceptación expresa del tratamiento de los datos.

8.2. MSJ produce y canaliza un importante volumen de información sobre los servicios que presta, acciones formativas, eventos y patrocinios, así como sobre la actualidad normativa vinculada a sus clientes y a los sectores a los que presta mayor atención. De forma selectiva, con criterios de especialización y tratando de remitir a cada cliente aquello que se entienda realmente útil para él, MSJ pone a disposición de sus clientes este servicio de información. Salvo que nos indique lo contrario, la firma de las propuestas constituye la aceptación a la remisión de esta información, por los cauces de comunicación que estime oportuno, incluyendo los electrónicos.

8.3. El cliente podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y/u oposición ante MSJ mediante solicitud escrita y firmada, adjuntando una copia de cualquier documento que permita acreditar la identidad, dirigido a: Martínez Servicios Jurídicos, MSJ, S.R.L. (Ref. Unidad: Protección de datos) Torre Fórum, Suite 8E, Av. 27 de Febrero 495, Santo Domingo, República Dominicana.

8.4. Para ejecutar esta propuesta y acuerdo, si fuera necesario tratar datos personales de los que el cliente es responsable del fichero (en adelante los “Datos”), MSJ accederá a los mismos en su condición de encargado del tratamiento. En tal caso, MSJ únicamente tratará los Datos que sean necesarios para ejecutar los servicios de asesoramiento jurídico objeto de la propuesta. Dicho acceso a los Datos se realizará siguiendo las instrucciones del cliente, comprometiéndose MSJ a: i.- No utilizarlos con una finalidad distinta a la que motiva la suscripción de esta propuesta; ii.- Tratarlos mientras esta propuesta continúe en vigor; iii.- No comunicarlos, ni cederlos a terceros, ni dar acceso, ni siquiera para su conservación; iv.- Adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los Datos y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de conformidad con el nivel de seguridad que determine el cliente. v.- Cumplir con el deber de secreto respecto a los Datos a los que tenga acceso. vi.- Garantizar que todo el personal y colaboradores de MSJ que vayan a tratar los Datos se comprometerán a guardar la máxima reserva y secreto.

Una vez cumplida o resuelta la propuesta que justifica el acceso a los Datos respecto de los cuales es responsable el cliente, los soportes en los que se incorporen los Datos serán destruidos por MSJ. No obstante, MSJ guardará una copia bloqueada sólo de aquellos datos respecto de los cuales pudiera derivarse alguna responsabilidad para dicha parte como consecuencia de la ejecución de esta propuesta. Dicho bloqueo se mantendrá durante el período en el cual pudieran exigirse tales responsabilidades.

9. CONFIDENCIALIDAD Y PUBLICIDAD.-

9.1. MSJ respetará la confidencialidad de las actuaciones realizadas para sus clientes.

9.2. MSJ podrá mencionar el nombre de sus clientes y el área, sector o especialidad en las que les asesora en presentaciones que realice a terceros, al objeto de acreditar su experiencia en dichos sectores y especialidades, salvo prohibición expresa.

9.3. Adicionalmente, MSJ podrá mencionar el nombre de sus clientes, los tipos de asuntos en los que trabaja o ha trabajado para ellos y sus cuantías, en la información que facilita a publicaciones especializadas y entidades que realizan rankings de despachos y abogados, cuando concurran las dos circunstancias siguientes: i.- Que no se trate de datos de carácter personal, y ii.- Que el cliente lo haya autorizado expresamente o bien la información haya sido ya publicada en medios de comunicación y el cliente no lo haya prohibido.

10. ALMACENAMIENTO DE DOCUMENTOS E INFORMACIÓN.-

10.1. Con carácter general, el cliente no entregará documentos originales a MSJ si ello no resulta imprescindible y no media petición expresa.

10.2. El cliente autoriza a MSJ a conservar copia de los documentos que le sean entregados para la prestación de los servicios contratados, incluso tras la terminación de la relación contractual. Una vez concluida la ejecución del servicio encargado o la relación con el cliente, MSJ se reserva el derecho a destruir en cualquier momento la indicada documentación.

10.3. El almacenamiento de la información y de la documentación vinculada a los servicios prestados por MSJ a sus clientes podrá realizarse en las instalaciones de MSJ, en sus servidores o en instalaciones de terceros o medios de almacenamiento electrónico contratados por MSJ.

11. CONFLICTOS DE INTERESES.-

11.1. MSJ presta servicios a un número elevado de clientes, tanto dominicanos como extranjeros, en una gama muy amplia de especialidades y materias. MSJ tiene establecidos procedimientos internos de chequeo y verificación de posibles situaciones de conflicto de intereses. No obstante, si el cliente tiene conocimiento de alguna circunstancia que a su juicio pueda dar lugar a una situación de conflicto de intereses, deberá comunicarlo inmediatamente a MSJ. Asimismo, MSJ informará inmediatamente al cliente cuando tenga conocimiento de situaciones de conflictos de intereses que se produzcan por cualquier circunstancia, sobrevenida o no.

11.2. MSJ podrá intervenir por cuenta de cualquier tercero (aún en el caso de que los intereses de este tercero sean contrarios a los intereses del cliente y tanto en juicio como fuera de él), siempre que se refieran a asuntos o cuestiones distintos y sin relación con los asuntos encomendados por el cliente a MSJ (y aún cuando ello pudiera suponer actuar frente al propio cliente o frente a alguna otra entidad participada por él), sin que en tales situaciones exista conflicto de intereses que impida a MSJ la aceptación y realización de tales encargos a favor de terceros, salvo en aquellos casos en los que, con arreglo a la normativa profesional o deontológica aplicable de la actividad de MSJ, ello no fuera posible.

12. PROPIEDAD INTELECTUAL.-

12.1. Los derechos de propiedad intelectual sobre la documentación generada y sobre las ideas originales concebidas con ocasión de la prestación de los servicios corresponden a MSJ.

12.2. El cliente podrá utilizar, exclusivamente para su uso, toda la documentación generada por MSJ con ocasión de la prestación de los servicios, no pudiendo distribuir la misma ni facilitar su acceso a otras personas distintas del cliente, salvo previa autorización expresa y escrita de MSJ.

13. LEGISLACIÓN APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.-

13.1. El cliente que todos los asuntos relacionados con el presente acuerdo, incluidos los conflictos, se regirán por la legislación de República Dominicana, independientemente de las disposiciones sobre conflicto de leyes. El lugar de la jurisdicción es la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional. El cliente renuncia a presentar objeciones en dichos tribunales. En caso de que una jurisdicción competente considere que alguna de las disposiciones de las presentes condiciones es nula o no puede aplicarse, dicha disposición deberá limitarse o eliminarse en la menor medida permisible, y reemplazarse por una válida que represente las intenciones de este acuerdo, de manera que sigan manteniendo su vigencia. Las presentes condiciones constituyen un contrato íntegro y reemplaza cualquier acuerdo o contrato oral o escrito que existiera anteriormente entre las partes.

He leído, comprendido y aceptado las presentes condiciones generales.

Firmado:_______________________________ Fecha:_____________________

Copyright Martínez Servicios Jurídicos, MSJ, S.R.L. Derechos Reservados

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